La Federación y las asociaciones aspiramos a incrementar los recursos de atención al daño cerebral y la cobertura de los mismos tanto a través de nuestro crecimiento como mediante el impulso de nuevas asociaciones. Por este motivo, nuestra estructura federativa está abierta a la incorporación de organizaciones de familias, personas con daño cerebral adquirido y personas cuidadoras que lo soliciten.
Existen tres tipos de entidades socias de la Federación:
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Entidades socias fundadoras. Son las cinco asociacións que constituyeron Dano Cerebral Galicia: ADACECO, ADACE Lugo, Alento, DCA-Ourense y Sarela.
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Entidades socias de número. Son aquellas entidades sin ánimo de lucro de daño cerebral adquirido que tengan como objeto concreto la defensa de los derechos de las personas del colectivo y de sus familias en el ámbito de la comunidad autónoma de Galicia, quedando excluídas las fundaciones de empresas, clínicas privadas o semejantes. Terán consideración de socias de número tanto las entidades fundadoras como todas aquellas que, cumpliendo los requisitos establecidos en los estatutos, ingresaran con posterioridad en la Federación.
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Socios y socias colaboradoras. Son las persoas físicas o jurídicas que, pese a no tener entre sus fines principales la ayuda a las persoas con daño cerebral adquirido y a sus familias, colaboran habitualmente con la Federación en la consecución de sus fines.
Dano Cerebral Galicia y sus entidades federadas tienen el compromiso de asesorar a cualquier colectivo de personas con daño cerebral adquirido, familias o personas coidadoras que tengan vontad de constituírse legalmente como asociación en el marco de los valores y la misión que guían el trabajo del movimiento asociativo.
Las asociaciones interesadas en unirse a Dano Cerebral Galicia deben cumplir las seguientes condiciones:
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Coherencia con la misión y valores de la Federación.
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Presentación de su trayectoria el ámbito asociativo y certificación de la mesma por el órgano correspondente de la entidad.
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Acreditación de la entidad aspirante ante los organismos públicos y registros correspondientes.
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Acreditación de la entidad de tener una masa social mínima de 15 personas.
En caso de no cumplir alguno de los anteriores requisitos, la asociación podrá solicitar el ingreso en período de adaptación. Este plazo no podrá exceder los dos años, que la aspirante podrá obtener información, asesoramiento y apoio de la Federación para completar las condiciones exigidas.
Existen dos procedimientos en función del tipo de entidad socia.
Para las entidades socias de número, las fases del proceso son:
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Presentación de la documentación detallada en los estatutos de Dano Cerebral Galicia.
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Aprobación en Junta Directiva por dos tercios de los miembros.
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Ratificación por la Asamblea General.
Para los socios y socias colaboradoras, las fases del proceso son:
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Propuesta de ingreso y comunicación las partes interesadas por parte de la Junta Directiva de la Federación.
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Ratificación de la Asamblea General de la Federación una vez aceptada la propuesta de ingreso.