Las personas con daño cerebral adquirido y sus familias tienen en la Federación un recurso fundamental para su bienestar físico, material y emocional, así como para su inclusión social y defensa de derechos. Sin embargo, para poder prestar estos apoyos, nosotras y nosotros también necesitamos recibirlo. Al asociarte a alguna de nuestras cinco entidades contribuirás económicamente a la viabilidad de los servicios que prestamos y podrás implicarte en la toma de decisiones. A continuación, resolvemos las principales dudas que te pueden surgir sobre este proceso.
El movimiento asociativo de personas con daño cerebral adquirido y de sus familias es un motor de cambio. Desde la fundación de las primeras asociaciones en Galicia en el año 2000, la fuerza colectiva organizada alrededor de las entidades no solo dio respuesta a necesidades hasta entonces desatendidas, sino que empujó hacia mejoras legislativas y cambios en el modelo de atención.
Gracias a las iniciativas conjuntas, se impulsaron programas y proyectos de intervención terapéutica e inclusión social, se generó y divulgó conocimiento y se visibilizó el daño cerebral adquirido como un problema de salud pública de primer orden.
Pese a lo mucho avanzado, los retos pendientes requieren de un movimiento asociativo lo más fuerte posible. Necesitamos tener una base social más amplia para llegar más lejos.
Las asociaciones establecen distintas figuras para adquirir la condición de persona socia.
Si eres una persoa con daño cerebral adquirido, eres familiar de una o ejerces su representación legal, puedes ser socia numeraria de una de nuestras cinco asociaciones.
Si ninguno de estos es tu caso, pero igualmente quieres asociarte, puedes hacerlo como socia o socio colaborador.
Al hacerte socia o socio de alguna de las asociaciones de Dano Cerebral Galicia pasas a formar parte del movimiento asociativo gallego, formado por más de 2.200 personas.
Para asociarte, tendrás que pagar una cuota, cuya cantidad y periodicidad varía en función de la entidad, y ser admitida por la correspondiente junta directiva.
Una vez que adquieras la condición de persona socia, tendrás una serie de derechos y obligaciones, recogidos en los estatutos fundacionales de cada asociación.
Un elemento compartido por todas ellas es que las personas socias numerarias tienen capacidad de decisión sobre los objetivos y líneas de acción: pueden participar con voz y voto en el órgano de gobierno, la asemblea general, y pueden ser elegibles para formar parte del órgano de representación, la junta directiva.
Para asociarte, visita el apartado ‘Entidades socias’ y contacta con la asociación más próxima a ti. Si tienes alguna duda, puedes llamarnos o trasladarnos tu consulta a través del formulario de contacto.